dijous, 19 de novembre del 2015

Voto particular sobre el seguimiento por parte del CAC de la campaña de las elecciones generales de 20 de diciembre de 2015

Voto particular que presentan los consejeros Carme Figueras Siñol, Daniel Sirera Bellés y Eva Parera Escrichs, en relación con el Acuerdo 140/2015, de 18 de noviembre, del Consejo del Audiovisual de Cataluña, sobre el seguimiento de la campaña de las elecciones a las Cortes generales del 20 de diciembre de 2015.


El Acuerdo, adoptado por tres votos a favor, tres en contra y el voto de calidad del presidente del CAC, prevé incorporar en los análisis de seguimiento de la campaña el seguimiento diario de las informaciones, entrevistas y debates sobre la campaña electoral de las televisiones de ámbito estatal: La 1 de TVE, Telecinco y Antena 3 y, en cambio, no prevé analizar los informativos de Els matins de TV3 ni ninguna rueda informativa del canal 3/24 de Televisió de Catalunya.

Los consejeros abajo firmantes nos oponemos al Acuerdo por los siguientes motivos:

1.      El ámbito competencial del CAC se circunscribe al seguimiento y control de los medios audiovisuales de ámbito catalán, incluyendo TVE en su desconexión para Cataluña y, evidentemente, todos los canales de la CCMA. Pese a ello, el Acuerdo no recoge nuestra petición de análisis de los informativos de Els matins de TV3 ni ninguna rueda informativa del 3/24.

2.      No es justificable el uso de recursos públicos en tareas de análisis de medios que no están bajo la competencia del Consejo. La inclusión de estas televisiones incrementará considerablemente el número de horas de personal necesario para el visionado y el análisis de los informativos y magazines informativos de las tres cadenas de ámbito estatal, que no se dedicarán a analizar toda la programación de la televisión pública de Cataluña.

3.      Como ya manifestamos en nuestro voto particular en relación con el Acuerdo 119/2015, de seguimiento de la campaña de las elecciones al Parlamento de Cataluña, es imprescindible garantizar el deber de neutralidad que el Consejo debe mantener en todo momento. Con la inclusión, una vez más, de las cadenas estatales en el informe de seguimiento de la campaña electoral se corre el riesgo de entrar en una comparativa de carácter político en la que el Consejo, como organismo regulador, independiente y autónomo, no debe entrar y tampoco debe fomentar.


4.      El ámbito territorial de estas elecciones justifica aún menos el hecho de que el Consejo quiera asumir competencias que le corresponden a otros organismos del Estado, en especial a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

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